Translate

miércoles, 30 de marzo de 2022

Normas prohíben comprar o vender inmuebles y/o vehículos con dinero en efectivo superior a las 250 mil pesos.

💢La Ley 155-17 prohíbe pagos en efectivo desde los RD$250,000 hasta RD$1,000,000 en diferentes operaciones comerciales que tienen que ver con inmuebles, vehículos, aeronaves, embarcaciones, joyas preciosas, obras de artes y juegos de azar.

La DGII se abstendrá de registrar trámites con valores superiores a los umbrales a menos que se presenten constancias indudables de pago.

👉Asimismo el artículo 28 del Reglamento 408-17 de aplicación de la Ley 155-17 indica que los pagos que las personas físicas o jurídicas realicen o acepten de acuerdo con los umbrales establecidos deberán realizarse a través de depósitos en cuenta bancaria, cheques, transferencias nacionales o internacionales (incluidos los agentes de remesas y cambio), tarjetas de crédito o débito u otros instrumentos financieros que constituyan medios de pago distintos al efectivo, que dan fe de la liquidación o el pago.

“Que, en el sentido antes indicado, la exigibilidad de la constancia fehaciente de pago por parte de los notarios públicos, registradores



https://ciudadoriental.com/la-dgii-dicta-normas-prohiben-comprar-o-vender-inmuebles-y-o-vehiculos-con-dinero-en-efectivo-superior-a-las-250-mil-pesos/

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Las ultimas ofertas disponibles

Por eso, cuidarlo es también cuidarnos.

 En muchas tradiciones de la cultura, el dinero se trata con respeto, orden y conciencia. No es solo números o billetes: es una herramienta ...